Proceso de orden de protección

Lea atentamente antes de presentar una orden de protección.

Está a punto de solicitar una orden de protección temporal como superviviente de malos tratos. Una orden de protección es para su propia seguridad física.

Usted es el PETITIONER. El solicitante es la persona que alega malos tratos y pide protección. El DEMANDADO es la persona de la que usted pide al tribunal que le proteja. Una orden temporal de protección es una orden, firmada por un juez, que restringe o prohíbe al demandado ponerse en contacto con usted. Por lo general, una orden temporal de protección tiene una vigencia de hasta 20 días.

Si es menor de edad, su padre, madre o tutor puede presentar una petición de orden temporal de protección en su nombre.

 
 

¿Qué es una orden de protección?

  • Una orden de protección es un documento firmado por un juez que prohíbe al demandado ponerse en contacto con el demandante de cualquier forma, ya sea en persona, por cualquier medio de comunicación (correo postal, correo electrónico, teléfono, buzón de voz, mensajes de texto, etc.) o a través de terceros. La orden suele estipular que el demandado debe permanecer al menos a 300 pies de distancia del demandante, así como de su residencia, lugar de trabajo o escuela.

  • El solicitante puede pedir que se incluya a los hijos en su orden de protección. Si el peticionario decide incluir a los hijos que tiene con el demandado, hay cuestiones que deben tenerse en cuenta, como el régimen de visitas con los hijos, las escuelas de los hijos y los planes de crianza existentes.

  • La única manera de que una orden de protección funcione es que el solicitante esté dispuesto y sea capaz de ponerse en contacto con las fuerzas de seguridad para notificarles todas y cada una de las violaciones de la orden. Cuando se notifican violaciones, el demandado puede ser arrestado por violar la orden de protección. Si el solicitante no está dispuesto a ponerse en contacto con la policía cuando se produzcan violaciones, una orden de protección puede no ser la mejor opción para el solicitante.

  • Una orden de protección es una orden civil y no acusa al demandado de un delito. Si una orden de protección está en vigor y el demandado viola la orden, el Estado puede acusarle de un delito por violar la orden judicial.

Al solicitar una orden de protección, el solicitante debe redactar un relato cronológico de los malos tratos. Debe comenzar con el incidente más reciente y luego retroceder. Puede escribir este relato a máquina o a mano, pero debe ser legible. Puede incluir cualquier documentación que tenga (informes policiales, mensajes de texto, correos electrónicos).

Para presentar la petición al juez, el solicitante debe tener la fecha de nacimiento, el nombre y apellidos y la dirección física del demandado. Sin esta información no se puede conceder una orden de protección.

Una vez que haya rellenado la petición, la llevará al tribunal correspondiente para presentarla ante el juez. Debe llevar consigo un documento de identidad con fotografía para que la petición pueda ser notariada. Una petición presentada al juez para su revisión puede tardar unas horas, unos días o incluso una semana antes de que el juez pueda tomar una decisión, ya sea conceder o denegar la orden de protección. No deje que el demandado ni nadie que pueda hablar con él sepa que usted está solicitando una orden de protección. Si el demandado sabe de la orden, puede esconderse de los agentes y nunca recibir la notificación de la orden de protección y, por lo tanto, no entrará en vigor.

Cuando el juez haya tomado su decisión, se le deberá notificar la decisión, pero si no ha recibido respuesta, deberá tomar la iniciativa para averiguar el estado de la cuestión. Si una orden de protección ha sido denegada, el demandado no será informado por el tribunal de que usted alguna vez solicitó una orden, a menos que la petición haya sido presentada en el Tribunal de Distrito. Se aplican ciertas excepciones que requieren que el Tribunal de Distrito notifique a la parte contraria de los documentos presentados. El peticionario siempre tiene derecho a volver a presentar una petición ante los tribunales si el comportamiento abusivo continúa. Si el juez concede la orden, se emitirá como una orden temporal de protección, por un máximo de 20 días, dependiendo del calendario judicial del juez.

Si se concede la orden de protección, sólo entrará en vigor cuando los ayudantes del sheriff notifiquen la orden al demandado. El solicitante tiene derecho a saber cuándo se ha notificado la orden. Puede ponerse en contacto con el defensor legal de Haven para averiguar el estado de la misma. Si se ha concedido una orden, recibirás una copia de la misma por correo o solicitándola al abogado o al tribunal. Es conveniente que conserve una copia de la orden y que la entregue a su empleador o a la escuela de sus hijos si estos lugares están incluidos en la orden. De este modo, estos lugares podrán ayudar a hacer cumplir la orden de protección.

Si se concede la orden de protección, también se programará una vista judicial en el plazo de 20 días desde que el juez emita la orden temporal de protección. Debe presentarse a esta audiencia o la orden será desestimada.

En esta vista, puede comparecer ante el juez y solicitar que la orden de protección se conceda como orden permanente. Puede pedir que la orden se dicte por el tiempo que considere necesario. Tiene la oportunidad de declarar ante el juez sobre lo que ha ocurrido y por qué está en peligro y tiene miedo del demandado. El demandado también tiene derecho a declarar por qué considera que la orden de protección no es necesaria. Después de escuchar ambos testimonios, el juez determinará si la orden de protección permanente es necesaria.

Tanto el peticionario como el demandado tienen derecho a contratar a un abogado para la audiencia de la orden de protección, pero no es obligatorio. El defensor legal no es un abogado y no puede dar consejos legales ni representar al peticionario. El defensor legal sólo puede dar opciones y apoyo al peticionario.

Tanto el demandante como el demandado pueden traer testigos para que testifiquen a su favor en la vista. Esto incluiría a personas que hayan presenciado el abuso o que hayan presenciado los efectos del abuso. Si el demandante no tiene abogado, tendrá que preparar preguntas para el testigo.


Una orden de protección puede ser una gran herramienta de seguridad, pero no puede garantizar que usted esté segura en todo momento, ni puede impedir que el demandado se ponga en contacto con usted. El demandado puede decidir quebrantar la orden de protección, o la orden de protección puede disuadirle de cualquier contacto con usted. No sabemos cómo reaccionará el demandado. Por eso su seguridad es una prioridad, y debe planificarse antes de solicitar una orden de protección.

RECUERDA:

La única manera de que una orden de protección funcione es que usted llame inmediatamente a las fuerzas del orden (911) cada vez que se infrinja la orden.

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